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Creación del Programa Nacional de Calidad de Trigo
Buenos
Aires, 07 de mayo de 2003
Con el objeto de
aumentar la competitividad del trigo argentino en términos de su calidad, el Secretario
de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, Haroldo Lebed, aprobó la
creación del Programa Nacional de Calidad de Trigo, a través de la Resolución
Nº 334/2003.
El mercado agrícola
mundial enfrenta hoy un nuevo escenario de comercialización donde se observan
fuertes cambios en la demanda, en virtud de la cual a los países productores y
exportadores - como la Argentina - se les plantea un gran desafío en términos
de la capacidad de abastecer la creciente necesidad de alimentos en el mundo,
tanto en cantidad como en calidad, a un ritmo sostenible en el largo plazo,
dentro de un mercado cada vez más competitivo (realidad de la que el trigo
argentino no es ajena).
El Secretario Lebed
manifestó que "en el caso de nuestros trigos, estos han mantenido una
asignatura pendiente para poder competir en igualdad de condiciones con sus
similares de Australia, Canadá y los Estados Unidos, perdiendo de esa manera el
diferencial de precios que los mercados otorgan a los trigos de calidad
superior. Al mismo tiempo, nuestros trigos se enfrentan hoy con la amenaza
causada por la creciente oferta mundial de trigos de calidad diferencial de los
países de la Europa del Este".
Por otra parte el
Secretario Lebed remarcó que "la realidad del mercado interno tampoco es
ajena a estas transformaciones, y hoy vemos como la demanda que compone el
sector industrial, está incorporando la inclusión del rubro proteína en el
estándar de trigo, estableciendo bonificaciones y rebajas de acuerdo al
contenido de la misma en el grano".
En ese sentido, la
SAGPyA aporta el marco legal para el ordenamiento de la cadena del trigo, acompañando
los esfuerzos del sector privado y aprovechando la oportunidad para llevar como
mensaje a nuestros compradores externos (fundamentalmente Brasil).
De esta manera, con la
puesta en marcha del Programa Nacional de Calidad del Trigo Argentino, el cual
ha sido oportunamente consultado con el Sector Privado (semilleros, productores,
acopio y cooperativas, exportadores e industriales), el Secretario de
Agricultura, Haroldo Lebed, propone dar impulso a una nueva etapa en la
segregación de los trigos argentinos como elemento central para asegurar la
sostenibilidad de las producciones trigueras en nuestro país.
Esta nueva etapa, dentro
del Programa Nacional de Calidad de Trigo, irá acompañada con la consecución
de los siguientes objetivos:
-
Aumentar la
competitividad del trigo argentino en términos de su calidad, propendiendo
a incrementar la calidad general del trigo argentino, mejorando su
presentación, permitiendo ofrecer una amplia gama de productos de acuerdo
con los requerimientos de la demanda;
-
Identificar las
exigencias de calidad de la demanda externa e interna, a través de la
posible provisión de trigos diferenciados para esos destinos;
-
Establecer una política
de semillas que facilite la diferenciación y/o agrupación de cultivares
por calidad y propósito de uso;
-
Orientar la
clasificación de la mercadería hacia la obtención de productos que
satisfagan las distintas calidades demandadas por los diferentes mercados y
garantizar máximos niveles de seguridad en el abastecimiento de trigo
argentino.
Finalmente el Secretario
Lebed anunció que se ha conformado el Grupo de Trabajo Sobre Calidad de Trigo,
integrado por representantes del la SAGPyA, del INTA y del SENASA, cuya función
será entre otras, la de diseñar y ejecutar lo concerniente a la implementación
del mencionado Programa.
Resolución 334/2003
Créase el Programa Nacional de Calidad de Trigo. Objetivos.
Buenos Aires, 23/4/2003
VISTO:
El expediente
S01:0042045/2003 del registro de esta Secretaría, el decreto 475 del 8 de marzo
de 2002, la ley 20247 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas, y
CONSIDERANDO:
Que por el decreto
mencionado en el Visto se confiere a esta Secretaría la facultad de elaborar y
ejecutar planes, programas y políticas de producción, comercialización,
tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria, pesquera, forestal y
agroindustrial, coordinando y conciliando los intereses del Gobierno Nacional,
las Provincias y los diferentes subsectores.
Que es también facultad
de esta Secretaría definir las políticas referidas al desarrollo, promoción,
calidad y sanidad de productos, industrializados o no, para consumo alimentario
de origen animal o vegetal.
Que es necesario
acrecentar la competitividad del trigo argentino a través de las mejoras en la
calidad y presentación, coordinando y potenciando los esfuerzos que viene
desarrollando parte del sector triguero argentino.
Que es objetivo de esta
Secretaría entender en la aplicación de la ley de Semillas y Creaciones
Fitogenéticas 20.247, siendo la semilla de alta calidad el factor básico de
una agricultura eficiente capaz de satisfacer las demandas de alimentos y de
otros productos derivados de las plantas.
Que la demanda mundial
marca una definida tendencia a ser cada vez más selectiva, especialmente en el
caso de los principales países importadores, exigiendo mayor valor agregado; y
que por otra parte, el mercado interno muestra un comportamiento similar,
demandando cada vez más calidad y consistencia en las entregas.
Que la diversificación
por calidades de la oferta de trigo permitirá un mejor acceso a los principales
mercados dando respuesta a la creciente demanda diferenciada según propósitos
de uso y disminuyendo los riesgos comerciales asociados a la concentración de
la oferta en un solo tipo de producto.
Que se impone la
necesidad de incorporar y ofrecer herramientas para mejorar las condiciones de
competitividad del trigo argentino frente a los trigos de los principales países
exportadores que hace tiempo han adoptado la diferenciación en términos de uso
como una forma de satisfacer la demanda de sus compradores obteniendo por ello
un diferencial de precios.
Que las autoridades de
la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS propician el apoyo
al sector privado en la identificación, evaluación y acceso a los mercados,
siendo necesario crear mecanismos que posibiliten los objetivos planteados.
Que la DIRECCIÓN DE
ASUNTOS JURÍDICOS del ex-INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), ha tomado la
intervención que le compete.
Que la DIRECCIÓN DE
LEGALES del ÁREA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de
la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ECONOMÍA, ha
tomado la intervención de su competencia, en virtud de lo dispuesto por la
resolución de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN 7 de fecha 4 de febrero
de 2002.
Que el suscripto es
competente para dictar el presente acto, en virtud de lo dispuesto por el
decreto 1104 de fecha 24 de noviembre de 2000 y el decreto 475 de fecha 8 de
marzo de 2002
Por ello,
EL SECRETARIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS
RESUELVE:
Artículo 1 - Créase
el PROGRAMA NACIONAL DE CALIDAD DE TRIGO en el ámbito de la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN,
cuyos principales objetivos serán: aumentar la competitividad del trigo
argentino en términos de su calidad, propendiendo a incrementar la calidad
general del trigo argentino, mejorando su presentación, permitiendo ofrecer una
amplia gama de productos de acuerdo con los requerimientos de la demanda;
identificar las exigencias de calidad de la demanda externa e interna, a través
del análisis de la posible provisión de trigos diferenciados para esos
destinos; establecer una política de semillas que facilite la diferenciación
y/o agrupación de cultivares por calidad y propósito de uso, orientar la
clasificación de la mercadería hacia la obtención de productos que satisfagan
las distintas calidades demandadas por los diferentes mercados y garantizar máximos
niveles de seguridad en el abastecimiento del trigo argentino.
Art. 2 - Confórmase
bajo la coordinación de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTOS el GRUPO DE TRABAJO SOBRE CALIDAD DE TRIGO integrado por
representantes de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS,
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA y SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA cuya función será, entre otras, la de diseñar y
ejecutar lo concerniente a la implementación del PROGRAMA NACIONAL DE CALIDAD
DE TRIGO.
Art. 3 - La
presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación
en el Boletín Oficial.
Art. 4 - De
forma.
Más información: http://www.sagpya.mecon.gov.ar
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