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03 de septiembre de 2008 |
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Se pone en Funcionamiento el Sistema de Trámites Electrónicos para el
Roe Verde
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(Fuente: ONCCA)
A partir de la publicación – de hoy - en el Boletín
Oficial de la Resolución conjunta ONCCA 3714 y AFIP 2488/2008, la ONCCA
aprobará o rechazará, las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior a través
del Sistema Informático MARIA de la Aduana, luego de que los operadores carguen
la información del ROE Verde directamente en este sistema, facilitando así las
diligencias de los solicitantes.
El trámite digital se aplica a todas las Declaraciones
Juradas de Ventas al Exterior de las mercaderías comprendidas en la Ley Nº
21.453, conocidas como ROE Verde a partir de la Resolución ONCCA 543/2008, e
incluye el régimen especial de mayores plazos para efectivizar la exportación
de granos, según la Resolución ONCCA 2846/2008.
Para hacer efectivo este régimen especial, el exportador
tendrá cinco días hábiles siguientes a la aprobación del ROE Verde -por
parte de la ONCCA-, para pagar el derecho de exportación. Este trámite lo
realizará mediante un comprobante de pago que le entregará la página web de
AFIP, tal como se opera en distintos procedimientos ante el organismo
impositivo.
El régimen especial de la Res. ONCCA 2846/2008 determina:
- Los plazos de validez para las Declaraciones Juradas de
Venta al Exterior: 90 días corridos para el trigo, 120 para el maíz, 180 para
la soja y el resto de los productos.
- Que el plazo de validez correrá a partir del siguiente
día hábil de la fecha de autorización de la ONCCA.
- Un término categórico en la gestión de control, de
cinco días, en los cuales se aprobará o se rechazará el ROE VERDE presentado.
Esta modalidad, se presenta como una opción válida para
los operadores del mercado de granos ya que garantiza la transparencia de las
operaciones del exportador y el dinamismo en la comercialización en mercados a
futuro y excluye el componente fiscal de la especulación, evitando la elusión
tributaria.
Los exportadores tienen la libertad de elegir entre el
régimen especial o mantener el plazo de 45 días de validez para las
Declaraciones Juradas de Venta al Exterior y el pago de los derechos de
exportación al momento de efectivizar el embarque. En ambos casos, las DJVE se
deberán informar a través del Sistema Informático MARIA de la Aduana.
En efecto, la semana pasada la ONCCA publicó la Circular
Nº 2 que permitirá la rectificación de los datos consignados en las
Declaraciones Juradas (DDJJ) de ROE Verde, dentro de los diez días corridos
siguientes a su autorización. Los datos que pueden modificarse son: el nombre y
apellido o razón social y la dirección del consignatario o destinatario de la
mercadería; además del país de destino.
En tanto la Circular Nº 3 señala que aquellos
operadores que soliciten R.O.E. Verde o R.O.E.L y no hayan concluido su tramite
de registro en la ONCCA, contarán con un plazo de sesenta (60) días corridos
para asentar operaciones de exportación en los registros correspondientes,
siempre y cuando acrediten junto con la solicitud, haber iniciado el trámite de
inscripción y abonado el arancel respectivo.
Ver Indice de Gacetillas
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